miércoles 8 de febrero de 2012

Seminario sobre economía, contabilidad y fiscalidad de las empresas públicas

Los días 7 y 8 de Febrero ha tenido lugar en Granada las Jornadas sobre Economía, Contabilidad y Fiscalidad de las Empresas Públicas, organizadas por AVS, AVS Andalucía y VISOGSA, junto con la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP).

La magistral coordinación por parte de David Ballester Ménguez, gerente de Patrimonio Municipal de Majadahonda y Coordinador del Grupo Económico Fiscal de AVS ha sido definitiva, eligiendo cuidadosamente temas de vital relevancia en estos críticos momentos que atraviesan las empresas públicas a quienes iba dirigido el seminario.

Especialmente decisivo por tanto, los contenidos desarrollados por los ponentes, entre los que se encuentran el propio David Ballester, José Manuel Pomares, Bartolomé Borrego, Javier Burón, Marti Garcia, Cesar Cervera, Carmelo Ramirez, Mario Cantalapiedra y Susana Blasco.
La exposición de Jose Manuel Pomares ha girado en torno a las utilidades que pueden aportar las hojas de cálculo en la dirección Financiera de cualquier empresa, necesariamente cuando la cantidad de datos a tratar es ingente, el timing de estos proyectos incierto y los escenarios especialmente variables.

Por último, merece destacar el valor que este seminario ha aportado a los asistentes, todos ellos experimentados profesionales que han  dejando patente con sus  propios testimonios y preocupaciones, la excelente acogida a las nuevas ideas aportadas, con el objetivo de seguir atendiendo la demanda social de acceso a vivienda, con especial sensibilidad a las clases menos favorecidas.

Nuestra enhorabuena a esta iniciativa, por dar respuesta y apoyo profesional, a la difícil realidad actual.

Clara I. Vega
www.temporaconsultores.com

viernes 13 de enero de 2012

Inicio del Máster en Gestión y Dir. Aeroportuaria y Aeronáutica en Elche

El pasado 27 de Enero de este reciente 2012, tuvo lugar en Elche la presentación por parte de ITAérea (Instituto Técnico de Formación Aérea), del Máster en Gestión y Dirección Aeronáutica y Aeroportuaria en Elche (MGDA). El evento tuvo lugar en el edificio Quorum III (Avda. Universidad, s/n ; 03202 ; Elche (Alicante) dentro del campus universitario de la ciudad ilicitana.


Como profesor del área de Administración y Finanzas de ITAérea en varias sedes de España, supone para mi un orgullo especial serlo en este caso en mi ciudad natal y poder compartir conocimientos y experiencias en un Máster del prestigio y categoría del MGDA.


El Máster en Gestión y Dirección Aeronáutica y Aeroportuaria, habilita a sus alumnos para poder dirigir (como mandos intermedios o estableciendo su propia empresa) y trabajar en empresas relacionadas con aeropuertos (suministros, concesionarias comerciales, seguridad, handling, etc.) en cualquier área funcional de la empresa (Administración y finanzas, Operaciones, Ingenieria, Recursos Humanos, PRL, etc.).

Es una ocasión inigualable para aquellas personas que deseen adquirir una formación de la más alta calidad y aprovechar algunos factores coyunturales favorables como por ejemplo la privatización de AENA desde Junio de 2011. Con ello, el acceso a los puestos de trabajo de multitud de empresas relacionadas con los aeropuertos ya no se hace mediante oposición, sino por competencia curricular.

Desde aquí, queremos animar a cualquier interesado en esta formación, a que contacte con ITAérea en su página web para informarse más detalladamente o que solicite información por correo electrónico. También puede descargar el programa formativo, o visionar este video informativo sobre el proceso de inscripción en el MGDA de ITAérea:


José Manuel Pomares y Clara Vega

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¿Hay límite en el tipo de interés aplicado en los créditos al consumo?

Durante las tres últimas décadas, el mercado del crédito al consumo ha experimentado un importante desarrollo, a la vez que sus agentes y las técnicas financieras han evolucionado con gran rapidez. 

Las diferencias sustanciales entre las legislaciones de los Estados miembros de la Unión Europea en el ámbito del crédito al consumo, que además de utilizar los mecanismos de protección del consumidor, utilizan otros en función de las distintas situaciones jurídicas o económicas nacionales existentes, obligó el nacimiento de la nueva Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, en aras de homogeneizar la legislación relativa a los contratos de crédito al consumo

En España están regulados por la ley  16/2011 de contratos de Crédito al Consumo. que conserva aquellas previsiones de nuestro Derecho interno que ofrecen una mayor protección en el ámbito del crédito al consumo sin que vengan exigidas por la normativa comunitaria  

En cualquier caso no hay ningún tope legal para los tipos de interés en los créditos al consumo o en cualquier otro tipo de crédito

No obstante, los créditos a un consumidor desde 200 euros deben cumplir determinadas condiciones recogidas en la mencionada ley


Los contratos deben constar por escrito, incluso aunque se hagan al margen de las entidades de crédito, y el consumidor debe tener un ejemplar. 
Las condiciones esenciales del crédito recogidas en el articulo 16 de la mencionada ley  (forma y contenido de los contratos), son:
  • El tipo de crédito
  • La identidad y domicilio social de las partes, así como, si procede, la identidad y el domicilio social del intermediario de crédito
  • La duración del contrato 
  • El importe y las condiciones de disposición del mismo 
  • El tipo deudor y en su caso el tipo de referencia, así como los períodos, condiciones y procedimientos de variación del tipo deudor
  • La T.A.E (tasa anual equivalente) y el importe adeudado por el consumidor 
  • el producto o servicio y su precio en el caso de créditos vinculados o créditos en forma de pago diferido 
  • El importe, número y periodicidad de pagos
  • La entrega, previa petición, de un cuadro de amortización que indicará los pagos adeudados, así como los períodos y las condiciones de pago de tales importes
  • Los gastos de mantenimiento de las cuentas salvo que su apertura sea opcional
  • Los intereses deudores y gastos
  • El tipo de demora y las consecuencias del impago 
  • Si procede, los gastos de notaría
  • Las garantías y los seguros
  • El derecho de desistimiento
  • El derecho de reembolso anticipado
  • La existencia de procedimientos extrajudiciales de recurso
  • El procedimiento que deberá seguirse para ejercer el derecho de poner fin al contrato de crédito.
  • En su caso, nombre y dirección de la autoridad de supervisión competente. 
La empresa que ofrezca un crédito a un consumidor está obligada a entregarle antes de la firma del contrato, si se le solicita, un documento con las condiciones del crédito. Ese documento se considerará oferta vinculante (es decir, que obliga al que la hace a respetar las condiciones) durante catorce días naturales. 

Asimismo, la publicidad sobre estos créditos deberá mencionar la T.A.E., el tipo deudor, el importe total, la duración de la operación, así como el precio al contado y el importe de los posibles anticipos ( en el caso de los créditos en forma de pago aplazado de un bien o servicio).


Clara I. Vega
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miércoles 4 de enero de 2012

Error común en la regularización de existencias


Resulta habitual encontrar en la mayoría de las empresas, una contabilidad actualizada con criterios acertados y sin embargo la variación de las existencias, brilla por su ausencia.

Ocurre que una vez realizados los ajustes que determinan el beneficio antes de impuestos, el BAI, se recurre a la "magia de las existencias" y se engrosan o adelgazan, dependiendo del resultado que estimemos oportuno presentar ante AAPP y en general ante terceros.

La regularización de existencias, incluso cuando su objetivo sea únicamente  maquillar el resultado, presenta un error muy común. Para evitarlo debemos tener en consideración varios puntos:

1.-Las existencias, principalmente, se encuadran en 3 tipos:

a) Mercaderías y materias primas
b) Productos en curso
c) Productos terminados

2.-Por otro lado, las cuentas contables que recogen las variaciones son los grupos 61 y 71


En la mayoría de los casos y de forma intuitiva se comete el siguiente error:  Llevar al grupo 61 si hay variación negativa (hay menor importe de existencias finales que al inicio del periodo), aplicando la lógica de grupo 6=gasto.


Con la misma deducción, se llevaría erróneamente al grupo 71  la variación  positiva (hay mayor importe de existencias finales que al inicio del periodo), grupo 71=ingreso. 



La imputación correcta sería:

La variación tanto si es positiva como si es negativa de las existencias del grupo a) van al grupo 610
La variación tanto si es positiva como si es negativa de las existencias de los grupos b) y c) van al grupo 710

Esto es así porque las cuentas del grupo 61 irán aumentando o disminuyendo (dependiendo de que la variación en materias primas sea positiva o negativa) las compras realizadas en el periodo (incluyendo los trabajos subcontratados y descontando rapells, devoluciones, etc.) y conforman el epígrafe de la cuenta de pérdidas y ganancias número 4Aprovisionamientos.

Por el contrario las cuentas del grupo 71 irán en el epígrafe 2 de la cuenta de perdidas y ganancias Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación, y que aumentará o disminuirá (dependiendo de que la variación en productos en curso o terminados sea positiva o negativa) la partida recogida en el epígrafe 1. Importe neto de la cifra de negocios.


Por tanto, la variación de existencias de materias primas y mercaderías afecta al "consumo" estando incluida en los aprovisionamientos, mientras que la variación de existencias de productos en curso o terminados irá vinculada a la cifra de negocio y por tanto conformando la "producción"


Clara I. Vega
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martes 3 de enero de 2012

Los artículos más leídos del Blog de Témpora Consultores

Dedicaremos este primer post de 2012 a ofrecer unos enlaces a los artículos más leídos en nuestro blog desde que este vio la luz en 2009, hasta la actualidad. Ahí van:








Los siguientes, son los artículos que hemos realizado en 2011 y que han sido más leídos:






También queremos mencionar los dos siguientes artículos que han despertado gran interés entre nuestros lectores y que en muy pocos días tienen una elevada tasa de visitas a finales de 2011:


Aprovechamos esta ocasión para felicitar el nuevo año 2012 a todos nuestros lectores, a la vez que agradecer la creciente buena acogida que está teniendo este blog, lo que nos anima para seguir aportando contenidos.

Adelantamos desde aquí que 2012 vendrá cargado de novedades en cuanto a las actividades de Témpora Consultores:

  • Ampliación y actualización del cuadro de mando CME pymes con nuevas funcionalidades e informes.
  • Lanzamiento de la versión definitiva del CPP pymes. Una aplicación de control y análisis de la gestión similar al CME pymes, pero orientada a empresas cuya producción o servicios se hace por obras o proyectos.
  • Desarrollo de una aplicación automatizada mediante botones y menús, adaptable a cualquier proyecto y configurable,  para realizar planes de viabilidad económico - financieros y orientada a emprendedores. La aplicación funcionará mediante un asistente, gracias al cual se introducirá unos pocos datos y el usuario obtendrá un completo estudio y análisis del proyecto (gráfico e intuitivo), sin necesidad de conocimientos en economía y finanzas.
  • En cuanto a formación en materia de economía y empresa... tenemos un un gran proyecto dirigido al público en general para Alicante y provincia. Ya os contaremos más....

Comenzamos año, renovamos ilusiones y proyectos....

Clara Vega y José Manuel Pomares
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domingo 18 de diciembre de 2011

Los costes indirectos, esos grandes desconocidos

El pasado 15 de Diciembre de 2011, Témpora Consultores impartió un seminario sobre sistemas de control de costes para la pyme en Albacete, en el que pudimos ratificar lo que ya sabíamos por nuestra experiecia profesional y por otras estadísticas, en cuanto al tratamiento que le dan las empresas a la gestión de los costes.



En principio, debemos reconocer que todas las empresas asistentes mostraron una actitud muy pro-activa y una preocupación importante por tener un control de costes y por mejorar la gestión económica, de hecho, todas llevaban algún tipo de control. Sin embargo, hay dos patrones de comportamiento que se repiten y son susceptibles de estudio y mejora. Estos son:

Confusión entre costes planificados y costes reales

No se debe considerar que planificar detalladamente los costes directos del producto o servicio que se realiza  (aquellos que se pueden identificar y cuantificar inequívocamente con el producto o servicio que los generan), va a proporcionar una información exacta y válida de los costes reales que finalmente tendrá el producto. Es decir, creer que los costes planificados (previstos o predeterminados) son ciertos y reales (históricos), es un grave error.

Ejemplo: si se planifica que para fabricar una mesa es necesario 0,15 m3 de madera, esto no se puede tomar como un coste real para tomar decisiones, fijar precios, etc., puesto que a lo largo de una producción de cientos o miles de mesas, existen ineficiencias como pueden ser errores humanos, desperdicios, repetición de trabajos por errores, etc. que no estarán incluidos en los costes que se planifican.



Costes indirectos ¿Qué costes indirectos?

Si bien las empresas consideran la importancia de los costes directos y aplican algún tipo de cálculo y/o control, en el capítulo de los costes indirectos (aquellos que no se puede cuantificar en qué medida están incluidos en un producto/servicio u otro) viene el "desastre", puesto que se obvian (utilizando sistemas de costes parciales) o se calculan mediante la aplicación de coeficientes estimados u otras formas inadecuadas. Los motivos, son que:

  • Para saber en que medida un coste hay que imputarlo a un producto u otro, es necesario establecer un sistema de costes, unos criterios de imputación y unas unidades de obra. Este proceso, frecuentemente, sólo es conocido por economistas con cierta especialización y en la pyme actual no es demasiado frecuente la existencia de este perfil entre los departamentos de administración. De hecho, la mayoría de las veces no hay un departamento de administración como tal.
  • Los sistemas de información existentes en el mercado obvian los sistemas de control de costes al ser una materia muy especializada dentro de la gestión empresarial. Algunas, aunque tienen la posibilidad, vía contabilidad, de repartir por proyectos o departamentos los costes, no es posible la imputación de los costes indirectos a centros de costes mediante criterios elegidos y personalizados y mediante unidades de obra. 
  • Al no existir aplicaciones informáticas que proporcionen una continuidad en la cadena "Datos - Información - Conocimiento", no es posible la toma de decisiones y el feedback para la gerencia y/o dirección general.
    • Por un lado, los ERPs no ofrecen un análisis de la información intuitivo y gráfico puesto que no trabajan los últimos pasos en el tratamiento de la información orientados a la toma de decisiones.
    • Por otro lado, las aplicaciones de Business Intelligence obvian por completo los sistemas de control de costes, pues suelen estar muy orientados al departamento de ventas-marketing y en el más cercano de los casos, al apartado de finanzas.

Los métodos de cálculo e imputación de los costes indirectos que utilizan las empresas, son variados y pocas veces rigurosos. La cuantificación inicial de los costes indirectos debe venir de la mano de la contabilidad financiera y, después de identificar los centros de costes de la empresa, deben ser repartidos mediante criterios elegidos cuidadosamente y, por último imputados a los productos:




José Manuel Pomares y Clara Vega
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jueves 24 de noviembre de 2011

Cómo contabilizar los gastos de acondicionamiento en un local de alquiler

Cuando una empresa alquila un local o nave para desarrollar su actividad y el acuerdo con el arrendador es que los gastos de acondicionamiento inicial son por cuenta del arrendatario, a este último se le plantea muchas veces una duda:

Los pagos realizados en concepto de obras para mejora del local o nave (que no sean "separables" del activo arrendado)...

¿Se deben considerar como gastos del ejercicio debido a que no pasan a formar parte del inmovilizado de la empresa que realiza el desembolso?

o bien...

¿Se deben considerar como inmovilizado, ya que es una inversión que va a dar rendimiento durante varios años?



La respuesta la tiene el nuevo Plan General Contable de 2008 al cambiar el criterio que hasta ese año se aplicaba. Pero antes, recordemos que el antiguo PGC de 1990 indicaba dos posibilidades para su contabilización:

  1. Como gasto del ejercicio  en el caso general
  2. Como gastos de establecimiento (los antiguos "gastos amortizables" que al fin y al cabo eran activos inmovilizados o "fijos") en el caso de que ocurrieran "con motivo del inicio de la actividad de la empresa o por una ampliación de la capacidad operativa".
Como decíamos, desde 2008, el nuevo PGC dice en su Norma 3ª, letra H:

"h) En los acuerdos que, de conformidad con la norma relativa a arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar, deban calificarse como arrendamientos operativos, las inversiones realizadas por el arrendatario que no sean separables del activo arrendado o cedido en uso, se contabilizarán como inmovilizados materiales cuando cumplan la definición de activo. La amortización de estas inversiones se realizará en función de su vida útil que será la duración del contrato de arrendamiento o cesión -incluido el periodo de renovación cuando existan evidencias que soporten que la misma se va a producir-, cuando ésta sea inferior a la vida económica del activo."

Aconsejamos utilizar la cuenta 219 (Otro inmovilizado), dando cabida a la contabilización de materiales de construcción, instalaciones de aire acondicionado, instalaciones eléctricas, etc.:

219 (Otro inmovilizado)
472 (IVA soportado)
                     a
                                         57x (tesorería) ó 523 (proveedores de inmovilizado C/P)

Debemos remarcar la frase "cuando cumplan la definición de activo". En este sentido, pudiera ser que la empresa arrendataria utilizara personal propio para el acondicionamiento y obra en la nave alquilada, con lo que esos sueldos, al no cumplir la definición de "activos", se contabilizarán en principio en cuentas del subgrupo 64 para, posteriormente, al final del período, activarlas realizando un asiento complementario:

Al pago de los salarios:

640 (Sueldos y salarios)
642 Seg. Social c/empresa
                    a
                                         4751 (Hacienda Púb. Acreedora por IRPF )
                                         465 (Remuneraciones pdtes. pago) o 57x (Tesorería)

Al final del período se activan los sueldos mediante la cuenta 731 (Trabajos realizados para el inmovilizado material) o la 733 (Trabajos realizados para el inmovilizado material en curso):

219 (Otro inmovilizado)
                   a
                                         731 (Trabajos realizados para el inmovilizado material)

De esta forma, no se pierde información en la contabilidad:
  1. Con el mayor de las cuentas 64x (Gastos de personal) , vemos que en su día se pagaron salarios.
  2. Con el mayor de la cuenta 731 (Trabajos realizados para el inmovilizado material) vemos reflejado el hecho de que la empresa está utilizando sueldos para su propio beneficio.... es decir los sueldos deben dejar de "pesar" sobre la cuenta de resultados mediante la compensación que se produce por la contabilización de ingresos en la 731.
  3. Con el mayor de la cuenta 219 (Otro inmovilizado) vemos que el resultado de los dos puntos anteriores, ha sido un incremento de valor que está inmovilizado (con forma material) y que nos dará rendimiento mientras esté en vigor el contrato.


José Manuel Pomares
www.temporaconsultores.com

domingo 6 de noviembre de 2011

Restricciones al uso de monedas y billetes


Es frecuente en determinados establecimientos comprobar que no admiten el pago con billetes de 100, 200 ó 500 €, y nos hemos preguntado.  ¿eso es legal? 
En el caso de las monedas, ¿se puede pagar cualquier importe, por elevado que sea, en monedas? ¿Cuál es la normativa al respecto? 

El apartado dos del artículo 3 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre sobre la introducción del euro, establece que los billetes y monedas denominados en euro serán los únicos de curso legal en el territorio nacional. Dotar a una moneda de curso legal, implica que el pago de cualquier deuda no puede ser rechazado cuando se realiza con la expresión física de la misma, esto es, con billetes y monedas.

En el caso de las monedas, hemos de mencionar que el artículo 11 del Reglamento (CE) 974/98 del Consejo, de 3 de mayo sobre la introducción del euro, establece una limitación para el uso de monedas pero no por su denominación sino por el número de piezas que pueden ser utilizadas en cada pago. En este sentido, el artículo citado "in fine" expresamente establece que Excepto la autoridad emisora y las personas expresamente designadas por la legislación nacional del Estado miembro emisor, ninguna parte estará obligada a aceptar más de 50 monedas en cada pago.

Por el contrario, el uso de los billetes no está sujeto a ningún tipo de limitación o restricción legal, por lo que restringir de antemano el uso de determinadas denominaciones altas de billetes en euro, no parece acorde con el concepto de moneda de curso legal que el euro ostenta. 
No obstante, los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe (artículo 7 del código civil), lo que debería suponer que los billetes en euro sean utilizados de acuerdo con el importe del servicio a pagar, pero en ningún caso podría rechazarse de antemano para el pago de una deuda, el uso de determinadas denominaciones.

Clara I. Vega
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domingo 23 de octubre de 2011

WACC

El WACC (Weighted Average Cost of Capital) o coste medio del capital ponderado, es un término muy usado últimamente que  no es sino, una tasa que mide el coste del capital (fondos propios y deuda con coste) del que dispone una empresa, de forma ponderada al peso que representa.
Cuando decimos deuda con coste, nos referimos a contraída con otras entidades (normalmente de crédito) y por tanto, nos genera el pago de un interés

¿Cuál es su utilidad?
La más común, es utilizarla como tasa de descuento mínima para evaluar la idoneidad de acometer inversiones.
Otra no menos importante, conocer el interés que la empresa tiene que pagar, por cada unidad monetaria que financia (capital propio + capital ajeno).

Vale la pena indicar que esta nueva tasa (WACC)  nos dará un idea más exacta de la rentabilidad (económica) requerida, es decir del  porcentaje que pone en relación el beneficio bruto (antes de intereses e impuestos) respecto de los activos que han sido necesarios para generarlo, y que sin duda, ha de ser superior al WACC de la empresa.

No olvidemos que el coste del capital propio (uno de los componentes del WACC) es la rentabilidad financiera exigida por los accionistas. Recordemos que Rentabilidad financiera, es el porcentaje que pone en relación el beneficio neto (libre ya de intereses e impuestos respecto de los fondos propios (capital inicial aportado por accionistas y beneficios posteriores generados y no repartidos).




Y por tanto su cálculo es bastante sencillo, es la suma del coste de cada componente de capital multiplicado por su peso proporcional:


Donde:
E= los fondos propios de la empresa o valor de las acciones
D=Deuda de la empresa con coste
V= E+D=fondos propios + deuda con coste
Re= coste del capital propio (rentabilidad exigida por los accionista)
Rd= coste de la deuda (TAE)
Tc= Tasa del impuesto de sociedades


Clara I. Vega
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domingo 9 de octubre de 2011

¿Cómo saber si un billete es falso y qué hacer si lo tengo, o sospecho que es falso?


En caso de tener, o sospechar tener un billete falso, lo adecuado es acudir a una sucursal del Banco de España, a cualquier entidad de crédito, o en la comisaría de policia mas próxima, para comprobar si el billete es bueno o no.
Allí se le informará sobre la legitimidad o no del billete, o de si hace falta un examen más a fondo. En este último caso, el billete será retenido y en un plazo máximo de tres semanas se le comunicará el resultado. 

Pida siempre un justificante porque si el billete resulta ser legal, recuperará el dinero.

Otra alternativa es enviarlo por correo certificado a la siguiente dirección, junto con el formulario debidamente rellenado con sus datos a:

BANCO DE ESPAÑA
Departamento de Emisión y Caja
Centro Nacional de Análisis
Alcalá, 48,  28014 MADRID


Recuerde que cualquier entidad de crédito y los establecimientos de cambio de moneda y cualquier otro que se dedique al manejo de efectivo a título profesioanl, puede y debe retener un billete que sospechen falso incluso contra la voluntad de su propietario. 
No obstante, el único organismo que puede decidir sobre la legitimidad o no de un billete es el Centro Nacional de Análisis (C.N.A.) del Banco de España. Así pues, el billete retenido será examinado por el C.N.A., y en función de lo que decida será finalmente considerado legítimo (en cuyo caso se devolverá el dinero al propietario) o ilegítimo (y su valor se perderá).

Los billetes en euros, incorporan medidas de seguridad muy avanzadas para facilitar el reconocimiento de los billetes legítimos. Siguiendo estos consejos, le ayudará a detectar los ejemplares falsos

Clara I. Vega
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lunes 3 de octubre de 2011

Si perdemos la tarjeta de crédito y se realizan cargos ¿quién los soporta?

Si somos los titulares de una tarjeta de crédito o débito y la perdemos o nos la roban y alguien la utiliza ¿cúal es nuestra responsabilidad?

Lo primero y lo mas importante que debemos hacer es avisar inmediatamente al banco o entidad emisor de la tarjeta. Desde dicho aviso, el titular queda libre de responsabilidad sobre el uso que se pudiera dar a la tarjeta


A este respecto, el articulo 32.3 de la Ley 16/2009 de 13 de noviembre, de servicios de pago señala que el ordenante, en este caso el titular de la tarjeta, salvo en caso de actuación fraudulenta, no soportará consecuencia económica alguna por el uso, con posterioridad al a notificación, de la tarjeta extraviada o sustraida
Para facilitar la comunicación de la pérdida o sustracción, todas las entidades disponen de medios para que el titular pueda notificar grautitamente la incidencia ocurrida (desaparición, extravío o robo) y con ello proceder a su bloqueo inmediato

Pero qué ocurre si en el tiempo transcurrido entre la constatación de la pérdida o robo y el aviso al banco, ha sido utilizada y se han realizado operaciones. ¿nos adeudan esos importes?

El mismo articulo 32 aludido con anterioridad, indica que el titular soportará las pérdidas por operaciones no autorizadas por el uso de tarjetas extraviadas o sustraídas, hasta un límite de 150 euros, siempre que no haya obrado de forma fraudulenta o negligente, incumpliendo sus deberes de custodia del documento, del número secreto o por demoras indebidas de comunicación al proveedor de servicios de pago, en cuanto tenga conocimiento de ello.

Clara I. Vega
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jueves 29 de septiembre de 2011

Float


Este término viene a coincidir con el concepto que en España, desde que los bancos son bancos, conocemos como “fecha valor” y que según el propio banco de España es un concepto que usted, si tiene una cuenta corriente, verá aparecer en las comunicaciones que le manda su entidad. Se refiere al momento (fecha efectiva) a partir del cual comienza a generar intereses un abono en una cuenta corriente o cuando deja de generarlos un adeudo, con independencia del día de la contabilización de la operación o “apunte contable”.

Aunque las entidades están obligadas a contabilizar las operaciones con la mayor rapidez posible, por razones operativas (y apunto de cosecha propia que siempre con la mejor intención) las fechas pueden no coincidir. Fecha valor BDE 

Sin embargo últimamente y gracias a un generoso uso de este término, amplía su significado y se refiere al tiempo que transcurre desde que se inicia una operación comercial hasta su liquidación efectiva, es decir, hasta la fecha en que lo tengamos abonado y disponible en nuestra cuenta.
Dentro de este periodo, se distinguen varios tipos o tramos de Float: comercial, financiero, y bancario.

- Float comercial, se identifica con el periodo que va desde el inicio de la venta hasta el cobro de la misma, con independencia de la forma en que se ralice el pago, es decir desde que se formaliza el albarán de entrega del material o servicio, hasta que obtenemos el pago. Hay quienes erronamente consideran que este plazo comienza con el pedido del cliente.
 
- Float financiero, comprende el período que dista desde la percepción del documento de cobro hasta la disponibilidad real del dinero.

- Float bancario, o float propiamente dicho, se refiere exclusivamente al tiempo en el que se encuentra pendiente de ser abonado o cobrado en una cuenta una vez que ya ha sido cargado en otra . Es decir la difencia entre la fecha de la operación y la fecha valor de la misma, entendiendo por fecha valor la fecha a partir de la cual una suma está disponible o dicho de otra forma, empieza a generar intereses.
Espero vuestros comentarios

Clara I. Vega
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jueves 22 de septiembre de 2011

Evolución del Business Intelligence en la empresa

La evolución de los SI (Sistemas de información) y la tecnología utilizada en una empresa, ha sido muy importante en el último medio siglo. El foco de las preocupaciones de un empresario no ha sido siempre como el actual, ni en amplitud ni en el objetivo. Muestra de ello, es la siguiente exposición de cómo han ido evolucionando dichas preocupaciones y cómo, a lo largo del tiempo, han ido apareciendo de forma paralela en el mercado soluciones tecnológicas que han dado solución a los requerimientos de la dirección empresarial.

Años 60: ¿Qué ventas ha realizado mi empresa en los ultimos 5 años?

La información que el empresario requería hace medio siglo era, principalmente histórica y, además "gruesa". Es decir, su pregunta "tipo" era: ¿Qué ventas ha realizado mi empresa en los ultimos 5 años? Era la época de los mainframes o grandes ordenadores y de las cintas magnéticas como sistema de almacenamiento de la información. Sólo grandes empresas accedían a estas tecnologías. IBM era el rey.



Años 80: ¿Qué ventas ha realizado mi empresa en Andalucía en el último mes?

En los años 80, la competitividad necesaria era mucho mayor y los empresarios percibían que no era suficiente tener información histórica de varios años, también era necesario tener datos muy recientes y además relacionados con alguna dimensión del negocio (zonas geográficas, vendedores, líneas de productos, etc.). Nacían entonces los RDBMS (Relational DataBase Management System) sistemas de gestión de bases de datos relacionales. IBM, Oracle y Microsoft lideran el mercado.

Los ordenadores comenzaron a ver la luz para el gran público. A la vez que la potencia de cálculo aumentaba, se reducia su tamaño y comenzaba a ser normal que una empresa pequeña tuviese un ordenador en su administración. El software a medida para grandes empresas iba dejando paso los paquetes de software más comerciales. Por ejemplo, nace la hoja de cálculo Excel (para Windows) en 1987.


Años 90: ¿Qué ventas ha realizado el vendedor 3 en Andalucía en la última semana?

La informática (tanto hardware como software) empieza a estar al alcance de cualquier empresa independientemente de su tamaño. Tanto Apple (principalmente en el terreno del diseño) como Microsoft (en aplicaciones ofimáticas) se encargan de acercar al ciudadano de a pie las inmensas posibilidades de este mundo. En 1992 sale al mercado en su primera versión, la base de datos relacional Microsoft Access 1.0 que durante la década tuvo mucho éxito, pero a la vez comienza la era de los gestores de datos multidimensionales.

La información se desagrega en dimensiones (las ventas por cada vendedor es una dimensión, las ventas de la zona de Andalucía es otra dimensión, etc.). El usuario dispone de un sistema para decidir en el acto y mediante "consultas complejas" en función de qué dimensión quiere obtener la información: On Line Analytic Processing (OLAP)Howard Dresner introduce por primera vez el término Business Intelligence (Inteligencia de negocio). Nace el Business Intelligence 1.0. al amparo de múltiples aplicaciones muy costosas y que no siempre resolvían los problemas que tenía el empresario.

La información estaba en las empresas disgregada en distintas aplicaciones con distintos fines: contabilidad, facturación, inventarios, nóminas, etc. Con el Business Intelligence nace el concepto Data Warehouse o lo que es lo mismo: un sistema de centralización de datos para que puedan estar a disposición de los usuarios de negocio y ser analizados para la toma de decisiones mediante KPIs (Key Performance Indicators) o lo que es lo mismo: indicadores clave de rendimiento.



2000 - Actualidad: ¿Qué beneficio obtendré en el trimestre siguiente en mi comercio si consigo un 5% de descuento en mercancías y cuál será la tipología del consumidor en los fines de semana? (Data Mining y Análisis "What if")

La competitividad vuelve a empujar al empresario a necesitar información.... ya no "muy reciente" sino... "futura". Además de los avances del BI (Business Intelligence) y los sistemas OLAP en cuanto a popularizar aplicaciones al alcance de cualquier empresa en cuanto a precios y usabilidad técnica, desde la primera década del siglo XXI se empieza a hablar del Data Mining (o minería de datos) como una de las posibilidades de actuación del BI: hablamos ya de Business Intelligence 2.0.


Si bien hasta ahora quedaba explicado el ¿Qué está pasando?, con el Data Mining se pretende responder al ¿Por qué está pasando?. Es decir, se identifican patrones de comportamiento y tendencias en los datos históricos de una base de datos, con la intención de identificar qué factores influyen en ellos. En el ejemplo del título, a un empresario de un comercio, le puede interesar cuál es la tipología de sus consumidores durante los fines de semana, puesto que así podrá adaptar sus precios, horarios, imagen, etc. a dichos compradores en concreto y teniendo unas posibilidades de éxito en las ventas mucho mayores.

Otra tendencia actual en el BI es la simulación de escenarios o análisis "What If" (¿qué pasaría si....?). Con ello, se pretende analizar escenarios futuros y buscar la mejor solución y estrategia a aplicar en la empresa. El usuario introduce valores hipotéticos sobre algún parámetro y la aplicación responde a lo que ocurriría si se dan esos valores introducidos. Por ejemplo, una pregunta posible sería: ¿cuánto varía mi punto de equilibrio o umbral de rentabilidad si contrato a un trabajador más en la empresa?.

Un ejemplo de aplicación con análisis "What If" es el CME Pymes de Témpora Consultores:


En la actualidad, hay multitud de compañías y marcas de alto nivel dedicadas al software BI para medianas y grandes empresas: QlikView , Apesoft , Pentaho , Teradata , SAP, IBM, Micorsoft, Oracle, etc.

José Manuel Pomares
www.temporaconsultores.com

domingo 11 de septiembre de 2011

¿En qué se diferencian ASNEF, RAI y CIRBE?

Las principales diferencias son:
 
  •  Riesgo total frente a morosidad
Tanto la ASNEF (Asociación Nacional de Entidades de Financiación) y el RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas) son registros de morosos, con algunas diferencias que ahora veremos, mientras que la CIRBE (La Central de Información de Riesgos del Banco de España) es una base de datos en la que constan los préstamos, créditos, avales, y riesgos en general que las entidades financieras tienen con sus clientes, estén o no impagados.
 
  • · Obligatoriedad: 
Las entidades financieras están obligadas a enviar a la Central de Información de Riesgos (CIRBE) información sobre los riesgos vivos que cada una mantiene y con quién. El objetivo de la Central de Información de Riesgos (CIR) es facilitar a las entidades datos necesarios para su actividad, y permitir al Banco de España el adecuado ejercicio de sus competencias y en particular las de supervisión e inspección de las entidades de crédito.
 
 
No existe obligatoriedad por parte de las entidades u otros organismos a informar en el caso de la ASNEF y el RAI
 
Si nos centramos en las 2 primeras (ASNEF y RAI), que como decíamos son los registros de morosidad, sus principales diferencias son:
 
  • · Afectación  
En el RAI únicamente aparecen personas jurídicas (empresas) mientras que la ASNEF aparece la información tanto de personas físicas como jurídicas (empresas y particulares)
  
  • · Importe mínimo y origen de la deuda  
El RAI recoge la información relativa a aquellos impagados por importe mayor o igual a 300,5€, derivados de documentos en los que conste la firma del deudor reconociendo la deuda, sean de uso legal en el sistema bancario y tengan fuerza ejecutiva. En el caso del ASNEF también los recibos (aceptados o no) por mínima que sea la cantidad así como las facturas recurrentes (por ejemplo la factura del móvil, un seguro, etc)

  •  Origen de la información 
La ASNEF cuenta con la práctica totalidad de las entidades de crédito especializadas y con un gran número de compañías, tanto de carácter crediticio como pertenecientes a otros sectores de actividad sobre todo aquellas que ofrecen crédito al consumo, mientras que el RAI está mantenido únicamente por el Centro de Cooperación Interbancaria (formado en la acutalidad por 85 bancos, 1 compañía de crédito oficial, 53 cajas de ahorros y préstamos y 81 cajas rurales y compañías de crédito), pudiendo estas empresas asociadas consultar y aportar los datos de sus impagados.
  • Permanencia
En la ASNEF solo se podrán registrar datos que se refieran a un periodo inferior a seis años mientras que el plazo de permanencia actualmente en el RAI es de 30 meses
 
 
Clara Vega
www.temporaconsultores.com

sábado 27 de agosto de 2011

¿Cómo contabilizar en la cuenta... 629?

Contabilización en la cuenta 629 (Otros servicios)

Definición oficial

La definición que aporta el Nuevo Plan General Contable de 2008 para la cuenta 629 (Otros servicios), es: “Los no comprendidos en las cuentas anteriores. En esta cuenta se contabilizarán, entre otros, los gastos de viaje del personal de la empresa, incluidos los de transporte, y los gastos de oficina no incluidos en otras cuentas”.

Por lo tanto, esta cuenta constituye una especie de “cajón de sastre” a la que muchas veces se recurre como última solución después de no haber encontrado una cuenta cuya definición se ajuste perfectamente a lo que consideramos.



A través de unos ejemplos, podremos entender un poco más, qué tipo de gastos SÍ deben incluirse en la cuenta 629:
  • Servicios externos de limpieza
  • Cuotas mensuales por servicios de atención técnica informática
  • Tickets de parkings, autopistas y similares 
  • Servicios de Inspección Técnica de Vehículos (ITV
  • Servicios de Prevención de Riesgos Laborales (PRL
  • Cuotas por pertenencia a asociaciones
  • Gastos de comidas en restaurantes y bares, alojamiento en hoteles, pensiones y similares que sean necesarios para hacer posible la realización de la actividad principal de la empresa, ya sea producto o servicio. Por ejemplo: Un grupo de obreros están realizando una construcción en otra ciudad distinta a la suya y comen en un restaurante cercano a la obra, pagando ellos la factura correspondiente. Posteriormente, presentan la factura en la empresa y esta la abona. 

También mediante otros ejemplos, vamos a exponer qué tipo de gastos NO deben ser contabilizados en la cuenta 629:
  • Cuotas para mantenimiento en buen estado de equipos (ordenadores, software y sistemas operativos, máquinas productivas, fotocopiadoras, etc.). Estos gastos deben contabilizarse en la cuenta 622, pues su naturaleza es mantener el buen estado de elementos de inmovilizado (ya sea material o intangible). 
  • Gastos de comidas en restaurantes y bares, alojamiento en hoteles, pensiones y similares, cuyo motivo sea conseguir y/o sostener la comercialización de la actividad principal de la empresa. Estos gastos deben contabilizarse: 
    • En la cuenta 627, si el gasto lo soporta la empresa directamente. Por ejemplo: un comercial ha comido en un restaurante de otra ciudad y pide una factura de la comida. Posteriormente, presenta el documento en la empresa y esta se lo abona. El gasto tiene su origen en sostener una actividad comercial para que la empresa pueda conservar y ampliar su cartera de clientes mediante un comercial, por lo tanto la naturaleza del gasto es “Publicidad, propaganda y RRPP”.
    • o En la cuenta 640, si el gasto se le abona al trabajador previamente e incluida en su nómina, en concepto de dietas. Por ejemplo, cuando al trabajador se le paga en nómina una cantidad estipulada y después se la administra él mismo, se considera “mayor valor” de su remuneración. 
  • No se debe contabilizar en la cuenta 629, cualquier elemento que se compre y sea tangible o almacenable: Por ejemplo, la compra de post-it, papel, bolígrafos, etc., deben contabilizarse en una cuenta de compras (602, Compras de otros aprovisionamientos), pues son elementos almacenables y NO son servicios , como indican los dos primeros dígitos de subgrupo de la cuenta 629 (62: Subgrupo de Servicios exteriores). 
Contabilización:
---------------------------------------------------------------
629 Otros servicios exteriores
472 IVA soportado
                         41x Acreedores por prestación de servicios
---------------------------------------------------------------

Es muy recomendable:
  • Crear varias cuentas auxiliares cuyos últimos dígitos sean distintivos (62900001, 62900002, etc.) por cada tipo de gasto, dentro de los que hemos comentado como habituales (limpieza, parkings y autopistas, asociaciones, etc.). Esta opción puede ser la más recomendable si la empresa no tiene ya desglosadas las cuentas en función de líneas de negocio, proyectos, etc. 
  • O bien contabilizarlo todo en una cuenta auxiliar genérica (62900000) (opción menos recomendable) pero poniendo en el concepto de cada asiento el tipo de gasto que es, para poder identificarlo posteriormente. Esta opción es un recurso para aquellas empresas que ya tienen reservadas las cuentas auxiliares desglosadas para líneas de negocio, proyectos, etc. 
Funcionamiento Debe/Haber:

Como cuenta perteneciente al grupo de Compras y Gastos, su signo natural es positivo (Debe).

IMPORTANTE:

Remarcamos la importancia de lo que anteriormente hemos expuesto en cuanto a distinguir en qué casos un mismo ticket o factura puede, según sea el motivo que lo origina, contabilizarse en una cuenta u otra:
  • En la cuenta 627, si la empresa necesita el gasto para temas comerciales 
  • En la cuenta 640, si la empresa paga al trabajador para que este gaste el dinero en concepto de dietas. 
  • En la cuenta 629, si la empresa necesita el gasto para el desempeño de la actividad a la que se dedica. 
En cuanto a cuestiones sobre la deducibilidad o no de los gastos en concepto de dietas, desplazamientos y alojamientos son muy interesantes los enlaces:


José Manuel Pomares
www.temporaconsultores.com

sábado 6 de agosto de 2011

Cash Flow Vs Beneficio


En la mayoría de los casos, los empresarios o bien confunden ambos términos, o cuando menos los utilizan indistintamente al referirse a la “salud” de su empresa
Al final cada periodo, el empresario tiene cumplida cuenta del resultado del mismo, los datos de su beneficio, y les surge la pregunta del millón:

¿Dónde está este beneficio? O lo que es lo mismo ¿Dónde está el dinero que he ganado para hacerme la transferencia a mi cuenta particular?
En este momento se hace necesario ver las diferencias entre BENEFICIO (resultado empresarial) y CASH FLOW (disponible)

Veamos las diferencias y el cálculo de cada uno de ellos

BENEFICIO: A pesar de que este término viene acuñado por infinidad de variantes (EBITDA, BAIT, BAI BDIT..), vamos a considerar el concepto más clásico y desde mi particular punto de vista el más prudente y recomendable, esto es, el beneficio después de intereses e impuestos (BDIT), dicho de otra manera, el resultado conseguido a través de todos los recursos invertidos (maquinaria, capital, humanos…) y una vez descontados incluso todas las obligaciones legales, financieras y fiscales que lleva aparejada nuestra actividad, porque sin ellas no sería posible desarrollarla, y no tenerlo en cuenta, sería maquillar el resultado.

Este beneficio, en la práctica totalidad de los casos no está líquido, no se encuentra en nuestra cuenta corriente, por varias razones.

1)      Los ingresos y los costes que conforman el beneficio no se corresponden en el tiempo con los cobros y los pagos. Nos referimos al crédito que concedemos a nuestros clientes o al que nos otorgan los proveedores

2)      Ciertos ingresos y costes no suponen salida o entrada de dinero, por ejemplo las amortizaciones y los deterioros de créditos (antes provisiones), son costes pero no se ha retirado ni se retirará el dinero del banco para dárselo a ningún agente externo. Del mismo modo, las inversiones suponen una salida de dinero sin que se considere un coste en nuestra cuenta de explotación, (se irán computando como costes, según se vayan consumiendo, es decir, amortizando)

3)      Las existencias que tenemos en nuestro almacén, minoran el importe del coste de las compras, y sin embargo no constan como entrada de dinero en nuestra cuenta corriente, en este caso el dinero en lugar de tenerlo en el banco lo tenemos en las estanterías de nuestro almacén, este detalle me impide hacerme la transferencia de este importe que siendo beneficio, no es liquido

4)      Amortización de préstamos, que en su momento nos sirvió para adquirir un bien, o relajar tensiones de tesorería y que ahora tenemos que devolver, sin que suponga ni coste ni ingreso, simplemente devolución de un préstamo. (aclarar que los intereses generados es decir, el coste de dicha deuda, si están incluidos en el resultado considerado o BDIT)





CASH FLOW: Como decíamos este término recoge los recursos líquidos disponibles, y se estima partiendo del resultado neto ordinario o BDIT, sobre el que se realizan los ajustes que hemos venido indicando, de aquellas partidas que han supuesto un ingreso o un gasto pero que sin embargo no llevaba aparejada una salida o entrada de dinero

Por ello la relación entre un término y otro sería:

BDIT (Beneficio después de intereses e impuestos

+/-  Ingresos/costes y Cobros/pagos

+Amortizaciones

+ Provisiones

-Pagos de inversión del periodo
+/- Variación de existencias

-Devolución de cuotas de préstamo

= CASH FLOW

En realidad supone demasiada complejidad reconvertir el beneficio en cash flow, por lo que habitualmente, para un control real y cotidiano, se lleva con un cuadro de tesorería, en el que se recogen los saldos líquidos existentes, las previsiones de cobro y las obligaciones de pago.  Permite conocer con mayor certeza nuestra situación financiera actual y lo que es más importante la previsión inmediata (recomendable hacerlo por periodos semanales)

Clara Vega
www.temporaconsultores.com

martes 24 de mayo de 2011

Si el dinero circula, se acaba la crisis: ¡Mentira!

Llega a mis ojos un cuento de los llamados "económicos", que intenta transmitir una moraleja totalmente falsa a los más profanos en materia de economía. Ahí va el cuento, tal cual:

"Si el dinero circula, se acaba la crisis"
"En una pequeña ciudad de la costa … en plena temporada, cae una lluvia torrencial hace varios días, la ciudad parece desierta.Todos tienen deudas y viven a base de créditos.

Por fortuna, llega un tipo ruso forrado de dinero y entra en un pequeño hotel. Pide una habitación pero quiere verla antes de contratar. Pone un billete de 100 € en la mesa del recepcionista y se va a ver las habitaciones.


El dueño del hotel toma el billete y sale corriendo a pagar sus deudas con el carnicero. Este sale con el billete y corre a pagar su deuda con el criador de cerdos. A su turno éste se da prisa a pagar lo que le debe al proveedor de pienso para animales. El del pienso corre a liquidar su deuda con la prostituta a la que hace tiempo que no paga. En tiempos de crisis, hasta ella ofrece servicios a crédito. La prostituta recibe feliz el billete y sale corriendo rumbo al pequeño hotel donde había llevado a sus clientes las últimas veces y que todavía no había pagado.

En este momento baja el ruso, que acaba de echar un vistazo a las habitaciones, dice que no le convence ninguna, toma el billete y se va de la ciudad. Nadie ha ganado un euro, pero ahora toda la ciudad vive sin deudas y mira el futuro con confianza!"

En primer lugar, vamos a desmentir el título del cuento: "Si el dinero circula, se acaba la crisis"

Por mucho que el dinero se ponga a circular y a viajar de mano en mano, montado en avión, en bus o haciendo el Camino de Santiago, el dinero (billetes y monedas) no finiquita ninguna crisis.

El dinero, lo único que ha hecho es ser una herramienta para que todos los protagonistas del cuento eliminen todos sus pasivos y activos que tenían en igual cantidad. Nadie es mas rico ahora (después de liquidar todas las deudas y derechos de cobro), que antes de llegar el tipo forrado al hotel. ¡¡El patrimonio de todos es el mismo antes y después!!

El dinero crea riqueza sólo en las siguientes circunstancias y con los siguientes condicionantes:
  • Si viene del empresario o socio o en forma capital no exigible, o bien en forma de subvención no reintegrable. En esas condiciones, la empresa o persona receptora del dinero ¡Si tiene más patrimonio, es decir, es más rica!. En realidad, esta forma de generar riqueza es estática y el dinero ingresado, con el paso del tiempo, perdería valor por si sólo si no se le da alguna utilidad y permanece sin rentabilidad.
  • Si viene como resultado de vender activos o recursos que ya tenemos, a los cuales le hemos añadido una utilidad que alguien la percibe como necesaria, puede pagar y decide comprar. (esto que parece de perogrullo, no siempre se cumple en el mercado: ahí tenemos la burbuja inmobiliaria, en la cual se compraban muchos pisos que no eran necesarios para vivir en ellos y además no se podían pagar)
Moraleja 1: El dinero crea riqueza si:
  • Se le agrega valor directamente (empresas financieras que agregan valor prestándolo un tiempo a otras personas a cambio de un interés, por ejemplo).
  • Se le convierte en (se compran) otros recursos operativos, que transformándolos tengan más utilidad y valor para otras personas y, finalmente podamos venderlo.

Moraleja 2: El dinero NO crea riqueza si viene prestado por un banco para eliminar deudas y no se dedica a las necesidades operativas de Fondos (NOF). De hecho nos empobrece más, puesto que tendremos que pagar intereses que se devengarán (generarán) como por "arte de magia" y que reducirá cualquier esfuerzo que hagamos verdaderamente para generar valor.

Moraleja 3; Una empresa sólo puede aceptar con normalidad necesitar dinero prestado de bancos en 2 situaciones: En su inicio y en fase de crecimiento.  En cualquier otra situación, la empresa puede aceptar la necesidad de dinero ¡¡pero no con normalidad!!, sino pensando en que algo ha hecho mal y debe rectificar. Incluso las empresas con fuerte estacionalidad (susceptibles de necesitar cuentas de crédito) deben conseguir un fondo de maniobra suficiente para no tener que recurrir a financiación ajena con coste.
En el cuento, es una pena que la persona rica que viene del exterior no le gustara la habitación y no pernoctara en el hotel. Hubiese sido una verdadera forma de crear riqueza... puesto que el hotel hubiese introducido 100 € de verdadera riqueza en el pueblo. Frente a esta positiva forma de crear riqueza, hay otra opción: que la prostituta le pague al dueño del hotel....ejem...de "otra forma".
  • ¿Cómo quedaría la riqueza de cada habitante ?
  • ¿Cómo quedaría la riqueza del pueblo?
  • Si el pueblo se comparara con una toda una nación ¿Qué similitudes encontraríamos?
Esperamos comentarios para reescribir el cuento con esta otra forma de... "crear riqueza".


P.D. : Vaya dedicado este "cuento" a aquellos que cuando una empresa tiene problemas y deudas, sólo hacen una de las dos cosas que se debe hacer:  solicitar crédito a su banco y cuando se lo niegan, gritar a los cuatro vientos que lo que le hace falta a las PYMEs es ¡¡crédito!!.  Se les olvida a todos ellos que hay que hacer dos cosas, no una:
  1. Lo que ya hacen.
  2. Mirarse el ombligo y aceptar la posibilidad de que la empresa tenga problemas debido a que la explotación del negocio es deficitaria. Después, analizar los posibles problemas y tomar decisiones.

José Manuel Pomares
www.temporaconsultores.com

sábado 16 de abril de 2011

Control de costes por proyectos u obras en la pyme

A la hora de decidir que sistema de control de costes debe aplicar una empresa, un factor crítico es el tipo de producción en relación a la continuidad de obtención del producto o servicio. Si hacemos una clasificación de los tipos de procesos y producción en las empresas atendiendo a dicho factor (Woodward 1965), podemos ver:
  1. Producción por obras o proyectos (productos o servicios únicos, es decir de características singulares)
  2. Producción intermitente por lotes (tipo taller -job-shop- o en línea)
  3. Producción continua

En este artículo, nos centraremos en la forma que debe tener un sistema de control de costes en una pyme cuya producción es por obra o proyecto (aunque quizá podría ser aplicable a la producción intermitente por lotes). La necesidad de atender de forma especial a estas empresas en cuanto al tratamiento de los costes, la podemos encontrar en distintos motivos, pero el fundamental y diferencial es que los períodos de maduración son de duración irregular y relativamente larga.

Ejemplos de empresas que utilizan este tipo de producción son las empresas del sector de la construcción y auxiliares (proyectados de yeso, alicatado...), las empresas que realizan grandes instalaciones industriales (electricidad, climatización, ...), las consultorías/consultores de todo tipo, etc.

El problema más relevante que se le presenta al empresario en estos casos es la identificación e imputación de los costes indirectos o de difícil valoración a cada proyecto. Si bien todo empresario suele realizar con eficiencia una imputación de los costes que tienen una relación directa con el producto o servicio que se realiza, no ocurre lo mismo con algunos gastos como los administrativos, las amortizaciones, financieros, comerciales, etc.

Las pymes deben establecer un sistema de imputación de costes indirectos capaz de estimar y distribuir aquellos gastos que se deben soportar, pero no que están identificados con una factura o documento que pueda atribuirse de forma unívoca e indiscutible a una obra o proyecto. Las empresas no pueden quedarse con el tradicional sistema de costes parciales (imputación de los costes directos que se conocen de forma sencilla y directa) y después calcular los gastos indirectos con un porcentaje de aproximación calculado de forma arbitraria y que en muchísimos casos es causa de pérdidas en la empresa.

Sería ideal que las pymes también pudiesen aplicar sistemas más sofisticados de costes completos (imputación de todos los costes de la empresa al producto) como el ABC (Activity Based Costing), pero, dado el elevado coste y necesidades de recursos que requieren estos, al menos sí deben aplicar sistemas como el Full Costing. Para ello, una forma simplificada y sencilla de imputación de costes indirectos para pymes y micropymes consistiría en:
  1. Tener constantemente calculado el promedio mensual de costes indirectos de la empresa
  2. Repartir a cada proyecto una proporción del promedio mensual de costes indirectos, en función de:
    • La duración del proyecto
    • Un criterio de imputación que podría ser (por ejemplo) la cantidad de recursos en general, que la empresa pone a disposición del proyecto.


Ejemplo:

Una consultoría está trabajando en un proyecto de marketing para una pyme, el cual se desarrollará durante 3 meses, con un total de 100 horas. El gerente de la empresa calcula los costes directos que conlleva el proyecto (gas-oil y dietas para desplazamientos a las oficinas del cliente, honorarios del consultor, etc.) y ascienden a 3.000 €.

Puesto que lleva un sistema de control de costes, sabe que el promedio de costes administrativos, amortizaciones, teléfono, consumibles de impresora, impuestos, seguros, etc. es de 800 € al mes.

Como criterio de imputación, considera que le ha dedicado un 20% de sus recursos (100/500 horas aprox.) durante los 3 meses.

Por último, considera que el proyecto debe ofrecer un beneficio neto de un 10% sobre el precio facturado.

Solución:

Los costes completos del proyecto serían:

Costes directos: 3.000 €
Costes indirectos: 800 €  x  20%  x  3  meses  =  480 €
Costes totales: 3.000 €  +  480 €
Costes totales  =  3.480 €.

El precio a facturar para obtener un 10% de beneficio exigido (0,1 en formato proporción), sería:

Precio a facturar = Coste total / (1- beneficio exigido)   ...luego....
Precio a facturar = 3.480 € / (1-0,1)   ...luego....
Precio a facturar = 3.480 € / (0,9)   ...luego....
Precio a facturar = 3.867 €  (38,67 € / hora)

Se pueden plantear variantes a esta necesidad de cálculo de costes, pero siempre son solucionables. Por ejemplo, la consultoría del ejercicio anterior, pudiera ser que no aplicara todos los meses un 20% de sus recursos al proyecto, pero la solución es fácil de adivinar y de aplicar. La clave es conocer el promedio de costes indirectos y para ello es necesario que toda pyme tenga un sistema de control de costes implantado, por simple que sea.



José Manuel Pomares
www.temporaconsultores.com